¿Quién puede contratar en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban
Terradas”?
La representación en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas”
en materia contractual corresponde al Órgano de Contratación. El Órgano de Contratación
es el Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas”,
conforme a lo dispuesto en el artículo 12 del Estatuto del Instituto Nacional de
Técnica Aeroespacial Esteban Terradas, aprobado por Real Decreto 88/ 2001, de 2
de febrero.
¿Quién gestiona los expedientes de contratación?
La Vicesecretaría General de Asuntos Económicos es el Departamento encargado de
llevar a cabo la gestión económico-administrativa, presupuestaria y contable de
los recursos financieros asignados al Organismo. El Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial “Esteban Terradas” dispone de una Unidad de Gestión de Contratación
y Adquisiciones encargada de tramitar los expedientes de contratación. En los procedimientos
abiertos y restringidos, y en los procedimientos negociados con publicidad, el Órgano
de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, que será el órgano
competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados,
en que no sea necesario publicar anuncio de licitación, la constitución de la Mesa
será potestativa para el Órgano de Contratación.
¿Qué necesita un empresario para contratar con el Instituto Nacional de Técnica
Aeroespacial “Esteban Terradas”?
Podrán contratar con el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial “Esteban Terradas”
las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad
de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia
económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos que así lo exija la
Ley, se encuentren debidamente clasificados. Los empresarios deberán contar, asimismo,
con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para
la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Puntos de contacto y Medios de comunicación con el Órgano de Contratación
Vicesecretaría General de Asuntos Económicos y Unidad de Gestión de Contratación
y Adquisiciones.
Para información de contratos en general: 91.520.18.05 ó 91.520.17.76 ó torrecn@inta.es
Para información de procedimientos Abierto, Restringido y Negociado con Publicidad:
91.520.55.85 ó 91.520.17.76
Mesa de Contratación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de
8 de mayo (BOE nº 118), la composición de la Mesa de Contratación se publicará en
el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente.
Por Resolución 22/2005, de 25 de febrero (BOE nº 55, de 05-03-2005), se modificó
la Resolución 317/2000, de 9 de octubre (BOE nº 253, de 21-10-2000), sobre constitución
y composición de la Mesa de Contratación del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial,
con carácter permanente.
Su composición es la siguiente:
- Presidente:
- Subdirector General de Coordinación y Planes, en
caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por el
miembro de la Mesa de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre
sus componentes.
- Vocales:
- El Secretario General, y en su defecto, un representante
de la Secretaría General.
- Un representante de la Subdirección General de
Coordinación y Planes.
- Un representante de la Subdirección General de
Investigación y Programas.
- Un representante de la Subdirección General de
Experimentación y Certificaciones.
- Un representante de la Subdirección General de
Relaciones Institucionales y Política Comercial.
- Un representante de la Vicesecretaría de Asuntos
Económicos.
- Un miembro del Cuerpo Jurídico Militar de entre
los destinados en la Asesoría Jurídica.
- Un miembro del Cuerpo Militar de Intervención de
entre los destinados en la Intervención Delegada del Instituto.
- Secretario:
- Jefe de la Unidad de Gestión de Contratación y
Adquisiciones. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal sustituido
por el funcionario de la indicada Unidad que le sustituya reglamentariamente.